El INAES habilita cobrar la cuota capital en la factura de energía

El INAES habilita cobrar la cuota capital en la factura de energía

La Res. 582-2020 del INAES publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, 2 de Septiembre, deroga la Res. 3442-2018 que obstaculizaba la incorporación de la cuota de capital en las facturas de energía eléctrica de las cooperativas de servicios públicos.

Los fundamentos de la decisión del organismo nacional, destacan que se advirtió que la Resolución 3442/18, suponía “un exceso regulatorio al impedir que las cooperativas incorporen conceptos a la facturación del servicio de suministro de electricidad de los cuales el usuario posee la calidad de deudor”.

Asimismo, en consonancia con la doctrina especializada, que había señalado oportunamente la incongruencia de la ahora derogada resolución con el régimen jurídico delineado por la ley nacional de Cooperativas Nº 20.337, el actual Directorio del INAES aclara que “corresponde a este Instituto en su calidad de autoridad de aplicación del régimen legal de las cooperativas velar por el cumplimiento de las normas a las que éstas están sujetas, siguiendo pautas de justicia, equidad y razonabilidad”.