Prorrogan la aplicación del art. 7 de la ley de seguridad eléctrica

Prorrogan la aplicación del art. 7 de la ley de seguridad eléctrica

Ayer, 20 de Noviembre, en la 36º sesión ordinaria del actual periodo legislativo, la Unicameral de Córdoba aprobó, a través de la ley 10.670, prorrogar hasta el día 1ero de Diciembre de 2021 el vencimiento del plazo previsto en el art. 7 de la ley 10.281, denominada Ley de Seguridad Eléctrica para la provincia de Córdoba.

Con esta modificación, las instalaciones eléctricas existentes de todos los inmuebles, lugares y locales de acceso público, sean estos interiores o exteriores, de carácter público o privado, tendrán dos años para ser acondicionadas de conformidad con las previsiones técnicas de la ley.

Además establece, para aquellas instalaciones eléctricas existentes, públicas o privadas, en inmuebles o en la vía pública, encuadrados en el artículo 2 inciso b) acápites 1 y 3 de la Ley 10.281, es decir, la infraestructura anterior a la entrada en vigencia de la ley y que sea objeto de reanudación del servicio, y aquellas instalaciones de alumbrado público o señalización, quedan dispensadas de la presentación del certificado de apta hasta el día 1ero de Diciembre de 2021.

Asimismo, la enmienda dispone que los municipios, comunas y reparticiones públicas, deberán presentar ante la autoridad de aplicación, antes del 1ero de Diciembre de 2020, los proyectos y programas de adecuación a la ley 10281, conjuntamente con un plan de ejecución que no podrá exceder el plazo de tres años a partir de esa fecha.

Recordamos, la sanción de la ley 10281 fue impulsada por la Fundación Relevando Peligros, luego de que el adolescente Juan Aciar, de trece años, muere en un accidente de electrocución acaecido el día 24 de Diciembre de 2009, cuando Juan intentaba ayudar a un anciano a cruzar la calle y entra fortuitamente en contacto con un cesto de basura electrificado, por un cartel fuera de norma en la vía pública.